Las estaciones ITV son instalaciones que tienen por objeto la ejecución material de las inspecciones técnicas que, de acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, y demás normas aplicables, deban hacerse en los vehículos y sus componentes o accesorios.
La inspección técnica versará, principalmente, sobre las condiciones del vehículo relativas a la seguridad vial (prevención de riesgos) y a la protección del medio ambiente (RD 2822/1998).
La prevención de riesgos queda acotada en las diferentes operaciones de control obligatorias para los sistemas de seguridad del vehículo (alumbrado, frenos, …)
Para la protección del medio el Manual de Procedimiento de Inspección de las ITV editado por el MINETUR en su 7ª revisión (Enero/2012) especifica las agresiones al medio ambiente y las concreta en emisiones contaminantes por ruido y por gases de combustión (opacidad, O2 y CO en los tubos de escape).
Para estas emisiones se fijan también los valores máximos permitidos, en función de la fecha de fabricación del vehículo y de que este disponga o no de un sistema avanzado de control de emisiones, en ruidos, en concentración de monóxido de carbono 0,2 a 5 % v/v, y en oxígeno (coeficiente lambda =1±0,03).
Las ITV pueden y deberían dinamizar la prevención de riesgos, al incidir en la seguridad vial, y la sostenibilidad ambiental proporcionando los controles obligados por la nueva ley 2/2011, de economía sostenible, sobre la obligada reducción de emisiones, la adecuación del transporte por carretera y la movilidad sostenible. En este sentido los datos de control de emisiones realizados en las ITV facilitarían el cumplimiento de lo especificado en el art.93 sobre fomento de los medios de transporte de menor coste ambiental y energético. Igualmente colaborarían eficazmente para alcanzar el objetivo fijado sobre planificación de infraestructuras de transporte (art.97) para conseguir una movilidad sostenible y segura en términos económicos y medioambientales, a través de proyectos cuya ejecución produzca una efectiva reducción de las emisiones contaminantes y otros daños al medioambiente, que contribuyan al cumplimiento de los compromisos internacionales en esta materia. En concreto las emisiones de CO2, NOX, NMHC y partículas deberán tenerse en cuenta en la determinación de los impactos energético y medio ambiental fijados como parámetros en movilidad sostenible.
El desarrollo de programas de formación e información sobre etiquetado de eficiencia energética de los vehículos y sistemas de vigilancia sobre el etiquetado, que se recogen en la citada ley, son claramente realizables con los medios materiales y técnicos disponibles en gran parte de las ITV.